martes, 9 de noviembre de 2021

Programación de vacaciones con registro de días de suspensión

Con el fin de optimizar los procesos que conforman el módulo de nómina, hemos realizado unas mejoras en la programación de vacaciones, que mencionaremos a continuación:


Esta mejora nos va a permitir visualizar de manera eficaz el tipo de programación de vacaciones que se va a registrar, también podremos observar que en esta opción se agregó una nuevo tipo de programación llamado Suspensión de contrato, el objetivo de esta es que usted pueda observar si el contrato tiene grabada alguna novedad de suspensión; este registro es informativo, no reemplaza el ingreso de la novedad por la ruta Nomina > novedad > Incapacidades o ausencias > Inserción, solo permite consultar y visualizar si el empleado tuvo una suspensión en ese periodo.

En la opción Nomina > Novedades > Programación de vacaciones puede elegir el tipo de registro que necesite según el caso:

  •    Vacaciones disfrutadas
  •    Vacaciones compensadas
  •    Suspensión (Registro informativo)

Para registrar la cantidad de los días de suspensión, se agregó una nueva columna llamada Días susp.

Para el caso de la programación en dinero y suspensión de contrato, no debe registrar en la columna fecha de disfrute, con respecto a la fecha inicial y final, estos campos solo deben ingresarlos a aquellos contratos que se les vaya a registrar una vacación disfrutada.


Esta nueva mejora le permitirá tener la información de las novedades de suspensión a la mano cuando requiera realizar una programación de vacaciones, recuerde revisar las programación anteriormente registradas, para consultar debe llamar por la lupa, digitar el número del contrato y ahí le aparecerá toda la información.